8 may 2009

Fallo judicial avaló acceso a información sobre agencia de seguridad

Por Oscar Flores






En respuesta a una acción de amparo presentada por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), la justicia porteña ordenó al gobierno de la ciudad proporcionar información sobre estas agencias y declaró la inconstitucionalidad del artículo 21 de la ley de seguridad privada de la ciudad, que limita su acceso.


El caso se originó en un amparo presentado por el periodista Diego Martínez, con el patrocinio del CELS, luego de que la Dirección General de Seguridad Privada le negara en dos ocasiones el acceso a la información de los nombres de los dueños, socios, y de todo el personal registrado en dos agencias privadas de seguridad que operan en la ciudad.


El pedido se fundaba en la sospecha de que ambas agencias podían encontrarse bajo control de ex militares acusados por violaciones de derechos humanos cometidas durante la última dictadura militar, y se basaba en el derecho humano de acceso a la información como presupuesto para la participación ciudadana en el control de las acciones de gobierno.


Este fallo sienta un precedente fundamental para avanzar en el control y monitoreo de las agencias de seguridad privada, cuyo sostenido crecimiento a lo largo de los últimos 10 años hizo que los custodios privados superaran en número a los efectivos policiales, tanto en la ciudad como en la provincia de Buenos Aires.


Según cifras recopiladas por el CELS, en el 2007 había más de 21.000 vigiladores registrados en la ciudad, mientras que la Superintendencia de Seguridad Metropolitana de la Policía Federal destinaba a este distrito unos 18.000 agentes oficiales.


Por otra parte, la decisión judicial en este caso hace especial hincapié en la importancia de investigar la participación de ex represores en agencias de seguridad privada.


Al respecto, la sentencia emitida por el juzgado en lo contencioso administrativo Nº 2 a cargo del juez Roberto Gallardo, consideró que “la mera posibilidad de que personas que hayan sido partícipes de de violaciones a los derechos humanos en la última dictadura militar, pudieran integrar directa o indirectamente organizaciones empresariales destinadas a brindar ‘seguridad’ privada, resulta de una envergadura tal que cuesta imaginar cuáles son las razones que puede tener en mira el GCBA para impedir el conocimiento de la información requerida (…)”.


Por último, el fallo ordena al gobierno porteño que suministre la información solicitada en un plazo no mayor a 10 días y establece una multa en caso de incumplimiento que recaerá sobre la figura del ministro de Justicia y Seguridad porteño, Guillermo Montenegro.


De esta forma en la ciudad de Bs.As se podrá accedr a información que estaba vedada al publico y que puede romper con el misterio de tales empresas de seguridad.

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